UN RESPIRO A LA CARTERA – DECRETO LEGISLATIVO 558 DEL 2020
- dvabogadosbaq
- 16 abr 2020
- 3 Min. de lectura

Como es de conocimiento publico, el mundo esta afrontando la pandemia generada por el Coronavirus (Covid-19), el cual no solo se ha convertido en una problemática para el Sistema de Salud. Toda vez, que en menos de cuatro meses ha puesto la economía en jaque.
Con empresas cerradas, haciendo un gran esfuerzo para efectuar el pago de los salarios a sus empleados, y trabajadores independientes varados, al no poder prestar sus servicios a causa del aislamiento obligatorio. El Gobierno Nacional, que ya había emitido comunicados por medios masivos al respecto, profirió el pasado 15 de abril el Decreto Legislativo 558 de 2020, el cual tiene por objeto brindar mayor liquidez a los empleadores y trabajadores dependientes e independientes, y proteger a los pensionados bajo la modalidad de retiro programado, que reciben un salario mínimo legal mensual vigente.
En este espacio se abordará lo relacionado a el beneficio o alivio que el gobierno desarrolló a favor de los empleadores y trabajadores independientes.
En tal sentido, observamos un pago parcial del aporte al Sistema General de Pensiones, el cual consiste en lo siguiente de acuerdo con lo señalado en el decreto 558 del 2020:
Artículo 3. Pago parcial del aporte al Sistema General de Pensiones. En atención a los hechos que dieron lugar a la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020, para los períodos de abril y mayo cuyas cotizaciones deben efectuarse en los meses de mayo y junio de 2020, respectivamente, los empleadores del sector público y privado y los trabajadores independientes que opten por este alivio pagarán como aporte el 3% de cotización al Sistema General de Pensiones, con el fin de cubrir el costo del seguro previsional en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o el aporte a los fondos de invalidez y sobrevivencia del Régimen de Prima Media, según corresponda, así como el valor de la comisión de administración. (Subrayado fuera de texto)
De acuerdo con lo anterior, la primera medida a tomar dentro del decreto es la disminución del aporte al Sistema General de Pensiones a un 3%, durante los meses de abril y mayo, la cual es de gran importancia al ser un porcentaje bastante elevado, generando mayor oxigenación financiera a las empresas, permitiéndoles concentrar sus esfuerzos económicos en mantener las nóminas de trabajadores y continuar con el pago de los salarios.
En el caso de los trabajadores independientes, esta disminución es evidentemente un alivio a su economía, puesto que la mayoría al no poder prestar sus servicios, están en la obligación de meter mano a sus ahorros para solventar los gastos del hogar. Por lo tanto, este beneficio les permite sumar a sus activos durante dos meses un 13% de sus honorarios que antes eran destinados al pago de los aportes a pensión.
Otro aspecto para tener en cuenta es la forma en como debe ser pagado este 3%. Bien pues, de acuerdo con el decreto en comento, este debe pagarse en la misma forma que se venia efectuando. Es decir, 75% a cargo del empleador y el 25% a cargo del trabajador, bajo el mismo ingreso base de cotización IBC.
Ejemplo:

Ahora en lo referente a este pago en el caso de los trabajadores independientes. Este debe realizarse por el 100%, es decir el 100% de ese 3% que debe cancelar.
Ejemplo:

De igual manera, vale recordar que el Decreto Legislativo 558 del 2020 ha expresado en su contenido que este alivio es optativo, lo que nos lleva a pensar que el mismo debe ser solicitado o reclamado ante los diferentes fondos de pensiones.
Con todo y lo anterior, vale resaltar el compromiso del Gobierno Nacional en querer aliviar o darles un respiro a esas empresas que hoy día se la juegan por salir a flote para cuando termine este periodo de aislamiento obligatorio y el declive económico que se ha generado por la pandemia.

Sin embargo, es preciso mencionar que gran parte del sector empresarial en Colombia proviene de Personas Naturales que son generadoras de empleo, y estas han sido las más afectadas al no tener un musculo financiero lo suficientemente consistente, y que medidas como la tomada no resuelven de fondo la problemática económica en la cual seguramente se encontraran para cuando termine el periodo de aislamiento.
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